Todo lo que necesitas saber sobre la Ley 254 de noviembre de 2021 en Materia Tributaria en Panamá

Todo lo que necesitas saber sobre la Ley 254 de noviembre de 2021 en Materia Tributaria en Panamá

La Asamblea Nacional de Panamá aprobó y modificó la Ley de Transparencia Fiscal Internacional del país, la LEY 254 de 2021. Esta ley tiene como objetivo modificar muchas leyes que rigen la transparencia fiscal internacional para mejorar la reputación y credibilidad de Panamá y evitar que el país sea incluido en listas injustificadas de lavado de dinero. Sin embargo, como todos sabemos, el financiamiento del terrorismo sigue activo y muchos países y empresarios se ven afectados por este tipo de actividad. Por lo tanto, Panamá, para salvaguardar a las personas y su economía, modificó los requisitos de registros contables para evitar cualquier actividad ilegal relacionada con el lavado de dinero.

Cambios notables

La Ley 254 de 2021 cambia tres aspectos: los registros contables, la debida diligencia y el sistema de registro de beneficiarios finales. Adicionalmente, modifica cuatro leyes anteriores promulgadas en 2011, 2015, 2016 y 2020. Por ejemplo, conforme a la Ley 52 de 2016, las personas jurídicas deben conservar registros contables y sus documentos de respaldo por cinco (5) años, independientemente de que sean sociedades anónimas o fundaciones de interés privado. El 11 de noviembre de 2021, el gobierno panameño aprobó la Ley 254, que modificó las normas de transparencia fiscal y antilavado de dinero del país. Por otro lado, la Ley 254 de 2021 especifica que el material de respaldo incluye contratos, facturas, recibos y otros documentos necesarios para mantener los debidos registros financieros de la empresa.

El primer tema relevante, son la exigencia de registros contables;

Es necesario proporcionar los registros contables originales al agente residente de la empresa este debe custodiarlos o declarar en que domicilio reposan.

La persona jurídica puede conservarlos en cualquier parte del mundo. Además, estos registros se deben actualizar cada año e informar al agente residente donde reposan. La persona que posee los documentos originales debe declarar sus datos para ser contactada; también se debe cumplir con un aviso por escrito al agente residente cada vez que se cambie el custodio de los registros.

Están exentos de proporcionar registros contables al agente residente, las personas que tengan negocios en las bolsas de valores locales e internacionales, organismos internacionales o multilaterales o un estado, así como las embarcaciones inscritas en en la Marina Mercante de Panamá . Por último, otras empresas que mantengan operaciones comerciales y declaren renta en Panamá.

El incumplimiento de los registros contables adecuados dará lugar a multas que van desde USD 5,000 hasta $ 1,000,000,000, según la gravedad de la infracción, el daño y otros factores. Además, se debe solicitar al Registro Público la suspensión de los derechos corporativos de la persona jurídica. Finalmente, la DGI tiene la facultad de ordenar la liquidación de la persona jurídica por el incumplimiento de esta norma.

Puntos contra el lavado de dinero es el otro topico importante a tratar. En esta Ley 254 de 2021 se modifican disposiciones de la Ley No. 23 de 27 de abril de 2015, que adopta medidas para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otros delitos. Se propuso y aprobó modificar las definiciones de “beneficiario real” y “estructura jurídica” para ampliar el ámbito de aplicación de estos conceptos. También es fundamental distinguir entre “entidades financieras reguladas” y “otras entidades”. Anteriormente había sido abolido pero ha sido retomado debido a la nueva ley 254 del año 2021.

Se aumenta la multa por infringir la Ley 23 de 2015 de USD 1 millón a USD 5 millones, dependiendo de la gravedad de la infracción. Otras consecuencias del incumplimiento son la suspensión de los derechos corporativos y la liquidación administrativa forzosa del negocio jurídico ante el Registro Público panameño, aun cuando el agente residente sea el único responsable. Estas sanciones se aplican a quienes están obligados a cumplir y a quienes permiten o autorizan el incumplimiento.

La cobertura final de las reformas a la Ley 254 de 2021 es que la Superintendencia de Instituciones No Financieras ahora tiene la jurisdicción para supervisar y controlar las empresas reguladas no financieras ubicadas dentro y fuera de Panamá. Además, las enmiendas al registro de beneficiarios reales incluyen contadores públicos autorizados, analistas financieros y funcionarios de jurisdicciones extranjeras. Finalmente, la ley 254 deroga los criterios para determinar el beneficiario final, el control o la influencia de un beneficiario final y otorga al Poder Ejecutivo la autoridad para regular más los requisitos para determinar la propiedad, posesión o impacto significativo de un beneficiario real en el futuro.

Las enmiendas requieren que los agentes residentes registren los datos de la entidad legal y su(s) beneficiario(s) efectivo(s) dentro de los 15 días hábiles. Por lo tanto, la persona jurídica debe notificar a su agente residente cualquier cambio en los detalles de los beneficiarios reales para que el agente residente pueda modificar la información dentro de los cinco días hábiles.

Renuncias o cambios de Agente Residente

Las notificaciones de los agentes residentes a la Superintendencia de Instituciones No Financieras ahora se limitan a 10 días hábiles. La Superintendencia de Instituciones No Financieras deberá ser notificada dentro de los 15 días hábiles siguientes a la designación. Finalmente, se impondrá una sanción si el agente residente que no registra o actualiza las personas jurídicas que representa. La Ley 254 fijó la multa en USD 5.000-50.000 por cada persona jurídica que el agente residente no notifique.

Espero este artículo sea de ayuda y déjanos saber tus dudas al respecto.

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